Como muchas recomendaciones exitosas que surgen del trabajo de las defensorías, procuradorías y comisiones de los Derechos Humanos en nuestro país, este documento gráfico da testimonio del resultado de la argumentación y el sustento jurídico que hizo posible el reconocimiento y respeto de los derechos de participación y representación entre el ayuntamiento de la Comunidad Indígena, asentada en el Municipio de Delicias Chihuahua, México.
Argumentación:
* Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. (Art. 2 Fracción VII)
* Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (Art. 2)
* Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho de los Pueblos Indígenas. (Art. 19)
Se considera transcendente la recomendación 05/2009, toda vez que sus argumentos son aplicables a cualquier ayuntamiento de la República Mexicana en donde exista Población Indígena